Proceso de Preparación para la Corte de Reclamos Menores


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Preparation of evidence and manuscript

Lo más importante el día del juicio es presentar todas las pruebas que respalden su reclamo. Las fotos, los contratos escritos, las cartas, los correos electrónicos, los recibos, las grabaciones, los contratos de arrendamiento, los cheques y otros documentos son útiles porque se utilizarán como evidencia de juicio. Es mejor presentar el original si es posible, así como una copia para el juez o la otra parte. Debe llevar el original y una copia (dos copias) del documento que desea utilizar como prueba. También debe escribir con anticipación lo que quiere decirle al juez y llevarlo con usted. Si no prepara el manuscrito con anticipación, a veces puede pasar por alto un hecho importante. El proceso de preparación del manuscrito le permite organizar bien sus pensamientos.

Comparecencia de testigos y peritos

Los testigos son útiles tanto desde la posición del demandante como del demandado porque proporcionan información importante.
El demandante o el demandado pueden testificar como testigos ellos mismos, o cualquier persona que esté familiarizada con el caso puede ser testigo. Es útil contar con un testigo experto que pueda comprender el núcleo del caso basándose en el conocimiento o la experiencia en un campo en particular.

Haga una declaración jurada si el testigo no puede asistir

Lo importante es que todos los testigos deben asistir al juicio en persona. Si un testigo no puede asistir al juicio, se debe hacer una declaración que contenga el contenido importante sobre el que pretende testificar. Si es posible, es mejor usar una declaración jurada. Una declaración jurada es lo mismo que un juramento y un testimonio ante el tribunal. El demandante y el demandado, así como el testigo, deben comprometerse a decir la verdad. Si comete perjurio después de hacer una promesa, puede estar sujeto a sanciones legales.

PODER DE CITACIÓN Y PROCESO DE ENTREGA

Si, por alguna razón, un testigo se niega a testificar y a escribir una declaración jurada, el Secretario del Tribunal de Reclamos Menores puede solicitar una citación. Una citación es una orden judicial que ordena a un testigo asistir a un juicio o hacer una declaración jurada. Una citación de testigo puede ser enviada a un testigo por un adulto mayor de 18 años que no esté directamente involucrado en la demanda. Sin embargo, lo importante es que la citación en sí es responsabilidad del reclamante. El demandante pagará al testigo una tarifa laboral de $15, y la tarifa se pagará inmediatamente después de la entrega de la citación. La citación debe enviarse antes de la fecha del juicio, ya que el testigo necesita tiempo para prepararse para el juicio. Por lo general, se considera que se ha dado tiempo suficiente para que el testigo sea enviado con más de cinco días de anticipación.

La necesidad del testimonio de testigos expertos

Un testigo experto es una persona que tiene experiencia en asuntos relacionados. Por ejemplo, en el caso de una demanda médica, será útil llamar a un médico como testigo. Sin embargo, en el caso de un profesional, debe pagar por el tiempo que pasó en la corte. Además, los testigos expertos no pueden ser llamados por citación.

UN ABOGADO Y UN INTÉRPRETE JUDICIAL

El tribunal de reclamos menores en sí fue creado para darle la oportunidad de defenderse sin la ayuda de un abogado en primer lugar. Por lo tanto, no se requiere un abogado en un tribunal de reclamos menores, pero puede contratar a tantos como desee. Si hay una situación especial en la que él o ella tiene una discapacidad física o mental y no puede alegar adecuadamente, su amigo o pariente puede hablar en la corte en su nombre. Sin embargo, si tanto el demandante como el demandado tienen abogados, el caso se reasignará a un tribunal civil general. Si no habla inglés, tiene derecho a solicitar un intérprete. Si no se proporciona un intérprete a tiempo, el juicio puede posponerse hasta una fecha en la que haya un intérprete disponible.

Si elige un árbitro, puede obtener un juicio antes

En un tribunal de reclamos menores, puede elegir un juez o un árbitro. Los árbitros son abogados experimentados que están especialmente capacitados para fallos de reclamos menores. Debido a que generalmente hay más árbitros que jueces, puede obtener un juicio antes si le da un fallo al árbitro. El juicio llevado a cabo por el árbitro es más simple en forma, pero se aplica la misma ley que en el juicio por el juez. Sin embargo, debe recordarse que no se puede apelar la decisión tomada por el árbitro. Además, el jurado tampoco puede ser convocado. Un juicio con jurado solo es posible cuando el acusado lo solicita en un juicio dirigido por el juez.

La liquidación está disponible en cualquier momento

El acuerdo es bienvenido en cualquier momento. El demandante y el demandado pueden llegar a un acuerdo antes del juicio. Si las dos partes llegan a un acuerdo antes de que se lleve a cabo el juicio y se acuerde el acuerdo, deben notificar al secretario del tribunal de reclamos menores por escrito para evitar que vayan a juicio innecesariamente. Si se ha llegado a un acuerdo pero necesita más tiempo para obtener más detalles, debe solicitar un aplazamiento del juicio. Si no se llega a un acuerdo después de múltiples esfuerzos, se dará una nueva fecha de prueba.

Diferencias entre Mediación y Juicio

El proceso de mediación es voluntario y un servicio gratuito prestado en secreto. Las dos partes se reúnen con coordinadores bien capacitados. La medicación es una forma de resolver un caso fuera de la corte, y es posible hacer reparaciones por artículos dañados o faltantes. Pero el mediador ayuda a resolver los problemas de ambas partes, no toma decisiones como un juez o un árbitro. Lleve documentos importantes a la mediación como lo haría durante un juicio. Si se llega a un acuerdo entre las dos partes, se firmará un acuerdo de conciliación que tendrá efecto legal. Si no se llega a una conclusión, el demandante podrá continuar el proceso con un juicio en el que un juez o árbitro tomará una decisión. Si se llega a un acuerdo a través de la mediación, el secretario del tribunal de reclamos menores debe informarle que el caso se ha resuelto.

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